viernes, 27 de diciembre de 2013

Ámbito de Aplicación Programa de Ayuda a las PYME´s Industriales de Andalucía


 

 
 
 
¿A quién va dirigido el Programa de Ayuda Financiera a las PYME´s Industriales de Andalucía?


 
Los Requisitos son los siguientes:

1.       Domicilio Social y Fiscal en Andalucía

2.       Sociedad Mercantil o Sociedad Cooperativa Andaluza

3.       Estén contempladas en el Anexo I del Reglamento (CE) Num. 800/2008 de la comisión, 6 de Agosto de 2008.

a.       50 o Menos Trabajadores

b.      50M o menos de Volumen de Negocio

c.       43M o menos del Balance General

4.       Deben de desarrollar una Actividad Industrial Manufacturera no incluida en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Los sectores regulados por la normativa específica, como las fibras textiles, la construcción naval o el acero, requerirán de un informe previo.

5.       Que no se encuentren en situación de crisis en el sentido de las Directrices Comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis.

6.       Que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y con la SS y que no tengan deudas en periodo ejecutivo con la C. Autónoma de Andalucía.

7.       Que cuenten al menos con 4 años de actividad continuada aunque haya sido mediante la sucesión de empresas.

8.       Que se encuentre al corriente de sus obligaciones de presentación y depósito de las cuentas anuales.

9.       Que se hallen debidamente registradas.

10.   No hayan sido sancionadas o condenadas por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias o por incumplimiento de la legislación laboral vigente durante los últimos años.

11.   Deben ser empresas industriales con excepción de las incluidas en el artículo 1.1 del Reglamento (CE) 1998/2006 de la Comisión

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